miércoles, 3 de octubre de 2012

ABC de las Reglas sobre información a los consumidores financieros (Circular Externa No. 038 de 2011)


ABC de las Reglas sobre información a los consumidores financieros
(Circular Externa No. 038 de 2011)

  • Las entidades vigiladas deberán informar a los consumidores financieros durante todas las etapas contractuales, las características de los productos y servicios ofrecidos comercialmente, así como las tarifas y las tasas de interés, con el fin de que éstos cuenten con los elementos de juicio necesarios para adoptar decisiones adecuadas.

  • La información que deben suministrar las entidades a los consumidores debe estar permanentemente disponible en las páginas de inicio de sus sitios web en un vínculo denominado “información sobre productos y servicios”.

  • La información correspondiente a cada producto o servicio comercializado debe estar publicada individualmente, de forma tal que el consumidor financiero pueda conocerla en detalle y sin que dé lugar a confusión con otro producto o servicio.

  • Los contratos de adhesión, sus reglamentos o anexos que se publiquen en las páginas de los sitios web deben tener la fecha de la última actualización y mostrar los cambios o modificaciones efectuadas.

  • Las entidades vigiladas deberán divulgar las medidas, canales e instrumentos que implementen para la atención a personas con cualquier tipo de discapacidad y adultos mayores.




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